Tabla de aplicabilidad de Transparencia

Obligaciones Específicas de Transparencia 2024 del Sindicato Único del Personal Académico, Administrativo, Manual y Apoyo del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Campeche.

Artículo 84. Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos deberán mantener actualizada y accesible, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, la información aplicable del artículo 74 de esta Ley, la señalada en el artículo anterior y la siguiente::

  • I.-Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades;
  • II.-El directorio del comité ejecutivo;
  • III.-El padrón de socios;
  • IV.-La relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado del ejercicio y destino final de los recursos públicos que ejerzan. Por lo que se refiere a los documentos que obran en el expediente de registro de las asociaciones, únicamente estará clasificada como información confidencial los domicilios de los trabajadores señalados en los padrones de socios. Los sujetos obligados que asignen recursos públicos a los sindicatos deberán habilitar un espacio en sus páginas electrónicas para que éstos cumplan con sus obligaciones en materia de transparencia y dispongan de la infraestructura tecnológica para el uso y acceso a la Plataforma Nacional. En todo momento el sindicato será el responsable de la publicación, actualización y accesibilidad de la información.

Contacto

Dirección

Gobernadores No. 361 altos, depto. 4 "A" entre calle Cuba, Colonia Santa Ana CP. 24050 San Francisco de Campeche, Camp.

Responsable

Unidad de Transparencia :Lic.Carlos Daniel Dzul Candila
Correo Electrónico : sindicato@supaamacecytec.org.mx.